RADIACIONES NO IONIZANTES
Calculo Interferente
R.A.M.A.T.E.L.
Trámites A.N.A.C.
 
 
 

Según lo establecido en la Resolución CNC 3690/2004, los titulares de estaciones radioeléctricas y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión, deberán demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas.

El primer paso para cumplir con la legislación vigente implica una evaluación de las Radiaciones No Ionizantes (RNI) basada en métodos de predicción siguiendo un protocolo preestablecido según se trate de sitios mono-antena o multi-antenas.

Si usted ya posee la autorización para el uso de una estación radioeléctrica o de radiodifusión, podemos ofrecerle el servicio de evaluar y determinar la necesidad de realizar o no una medición de Radiaciones No Ionizantes, y confeccionar las declaraciones juradas requeridas en la legislacion vigente.

 

Consultenos, podemos ayudarlo

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